Panamá Otorga Residencia A Extranjeros Con Título Universitario
Panamá cierra el año 2012 como líder en crecimiento económico de la región con un 10.5%, lo que lo mantiene en la mira de inversionistas de todas las partes del mundo que están haciendo de este país un nuevo hogar para sus negocios. Esto ha traído como consecuencia que el desempleo en Panamá sea de apenas 4%, haciéndose necesario modificar las viejas leyes migratorias para permitir a mano de obra extranjera establecerse y ayudar a suplir esa carencia de profesionales ya existente en algunos sectores del mercado.
Por este motivo se crea la residencia para extranjeros profesionales mediante el Decreto Ejecutivo No.804 del 9 de octubre de 2012 dentro de la categoría migratoria de Residentes permanentes en calidad de Extranjero Profesional.
Pueden aplicar a este tipo de residencia los profesionales con título universitario de: licenciaturas, maestrías o doctorados, siempre que estas profesiones no estén reservadas por ley o por la Constitución a los panameños.
Si su profesión no esta en esta lista, el requisito principal es traer copia de su título universitario debidamente apostillado o autenticado por el cónsul de Panamá en el país donde se expidió.
Este tipo de permiso de residencia otorga una provisional por dos años, cumplidos, y la persona deberá solicitar la residencia permanente, acompañando esta solicitud con su paz y salvo de renta nacional y haber pagado nueve (9) cuotas a la Caja de Seguro Social.
Antes de la vigencia de este decreto, los profesionales dependían de un contrato de trabajo y de los documentos de constitución de la empresa para legalizar su estatus migratorio. Además que si estaban realizando el trámite migratorio y eran despedidos de la empresa con la cual iniciaron el trámite debían comenzar nuevamente y pagar los cheques correspondientes al Servicio Nacional de Migración.
En la actualidad se está estudiando la posibilidad de otorgarles permiso de trabajo en calidad de profesional independiente.